En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCIÓN DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme del ciudadano penado VICTOR MANUEL SIMOZA ABREU, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 28/11/1970, de 41 de edad, de profesión u oficio Administrador, la Armada, Canes, de estado civil soltero, residenciado en Arrecife, callejón Alberto Rusbel, casa Nº 07, cerca de la licorería arrecife, parroquia Catia la Mar, Estado Vargas y titular de la cédula de identidad número V- 11.641.870, plenamente identificado en acta, conforme a lo previsto en los artículos 474, encabezamiento, en concordancia con el 482 de la reforma del Código Orgánico Procesal Penal, mediante la cual se le condeno a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS y OCHO (8) MESES DE PRISION, .....