En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA de la ciudadano penado JOSUE ALBERTO GIL GONZALEZ, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, natural de Maracay y titular de la cedula de identidad Nro. V.-16.206.225, nacido en fecha 02-05-1984, de 22 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Administrador, hijo de Edgar Gil (v) y Yildre González (v), residenciado en la Cooperativa, Calle Ideal, Casa Nro. 29, Maracay, Estado Aragua, POR CUMPLIMIENTO DE PENA de SEIS (06) AÑOS DE PRISION por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópi.....