Por todos los razonamiento antes expuesto; este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA IMPUESTA, así como la RESPONSABILIDAD PENAL del penado MAYORA BELLO ENDERBE JOSE, titular de la cédula de identidad N° V-18.930.504, de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, donde nació en fecha 04-11-1987, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, domiciliado en Barrio La Pañoleta, escalera san Onofre, casa s/n, cerca de la escuela el Pardillo, Carayaca estado Vargas; por la comisión de los delitos Distribución Ilícita de Poca Cuantía de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el último aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Ocu.....