Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional recibida en esta Corte de Apelaciones en fecha 07ENE2004 e interpuesta por los ciudadanos CARLOS ERASMO RANGEL BENITEZ, RAMON ALFREDO SALAS DAVILA, ELVIS PAUL SOTO MARTINEZ, MARCOS RAFAEL PIÑEROS ROJAS y DANNY JAVIER COLMENARES SEQUERA, asistidos por la Abogada Wilda Cordero Pérez, contra la Juez Cuarto de Control Circunscripcional, ello en virtud de no haberse hecho uso del medio ordinario y expedito establecido en el texto penal adjetivo, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 6 ordinal 5° de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.