DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la REVISION DE SANCIÓN al joven IDENTIDAD OMITIDA, por cuanto no ha tenido evolución en este semestre y en consecuencia se mantiene se mantiene la Privación de Libertad, por informe desfavorable, por lo que, se insta a seguir las instrucciones y recomendaciones dada por el trabajador social a los fines de que internalice el delito cometido y las consecuencias que el mismo genera, esta causa culminará el 15/05/2018, todo ello conforme a los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Diarícese y déjese copia de esta Decisión. Las partes quedaron notificadas de partes.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION (S),
DRA. YALITZA DOMÍNGUEZ ROMAGOSA
LA SECRETARI.....