DECLARA CON LUGAR el divorcio por ruptura prolongada de la vida en común de los cónyuges ASILEGNA DELMAR BAUTISTA SANCHEZ y JESÚS ALBERTO SOSA RODRIGUEZ, ambos suficientemente identificados en autos, de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos, por ante la Prefectura del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, según Acta de Matrimonio N° 11, de fecha 12 de marzo de 1999.