Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud del Defensor Publico Penal y en consecuencia DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del imputado DIAZ COLMENARES JAVIER ORLANDO, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolano, Natural La Guaira, nacido en fecha 25-01-1981, de 25 años de edad, de estado civil solero, de profesión u oficio Ayudante de electricista (obrero), hijo de Gloria E. Colmenares Salcedo(v) y de Julián Díaz Escobar (v), titular de la cédula de identidad N° 14.566.125, residenciado en Pueblo Nuevo, parte alta, sector la Toma, casa S/N, color blanco con rojo, parroquia la Guaira, Estado Vargas, al no encontrarse llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico P.....