Por los razonamientos anteriormente este Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio y en consecuencia queda disuelto el vínculo Matrimonial que unía a los ciudadanos: FREDDY ALEJANDRO RODRIGUEZ PEREZ E HILDA ROSA LINARES DE RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.470.135 y 6.920.225, respectivamente, contraído en fecha diez (10) de Diciembre del año mil novecientos ochenta y dos (1.982), por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio y Estado Vargas.