DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD DEL CIUDADANO FLORIAN NEGULESCU, quien dijo ser de Nacionalidad Rumana, Natural de Rumania, nacido en fecha 12/05/1969, de 34 años de edad, estado civil casado, profesión u oficio Chofer y Mecánico, hijo de ELENA NEGULESCU (V) y de JASILE NEGULESCU (V), residenciado en Com. Ciocanesti, Jus. Calarasi, Rumania y titular del Pasaporte de la República de Rumania N° 07808397, en el Internado Judicial de Los Teques, Estado Miranda, por la presunta comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, acordando en consecuencia librar los oficios correspondientes, anexo a BOLETA DE ENCARCELACIÓN; SEGUNDO: DECRETA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO, de conformidad con lo establecido en el articulo 248 y 373 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, acordando la remisión de las presentes actuaci.....