Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DE LA SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DE ADOLESCENTES, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la presente causa, a favor del adolescente para el momento de los hechos (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA); todo de conformidad con lo previsto en el numeral 2º, del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el literal "d" del artículo 561, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
SEGUNDO: Remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial, en su oportunidad legal.
TERCERO: Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
ABG. ADRIANA .....