Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA impuesta al ciudadano BELLO JIMENEZ JOSE FIDEL, quien es de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira ¿ Estado Vargas, nacido en fecha 17.11.74, residenciado en el Barrio Vista al Mar, calle Arrecife, Sector La Cruz, Parroquia Catia la Mar ¿ Estado Vargas y Titular de la Cédula de Identidad N° 13.374.892, quien fue condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS de presidio, por ser autor responsable de la comisión del delito ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION previsto y sancionado en el artículo 460 en concordancia con el artículo 80 segundo aparte del Código Penal, vigente para el momento de los hechos, en consecuencia SE DECRETA SU LIBERTAD PLENA, conforme a lo establecido en el artículo 105 del Código Penal,.....