Declara SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por el profesional del derecho Abg. HENRY O. SÁNCHEZ M, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano JESÚS ENRIQUE VARELA VELASQUEZ, antes identificado, de remitir la presente causa al Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal, ya que precluyo el lapso para interponer el Recurso de Apelación a la decisión dictada de ese Órgano Jurisdiccional de fecha 30 de diciembre del 2001, y de ninguna manera se puede retrotraer el proceso períodos ya precluidos, pues esto atenta contra la esencia misma del sistema acusatorio; Así mismo acuerda MANTENER la medida judicial preventiva de libertad al acusado JESUS ENRIQUE VARELA VELASQUEZ, acordada por el Tribunal Quinto de Control en fecha 30 de diciembre del 2002, toda vez que el procedimiento se encuentra asegurado con la imposición y mantenimiento de la medida impuesta, dada la gravedad del hecho y la pena que pudiera llegar a imponerse.