Se declaró: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto al de-cujus JOSÉ JESÚS RODRÍGUEZ ANDRADE, quien falleció en fecha cuatro (04) de Abril de dos mil once (2011), y quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nro. V-2.903.697, a los ciudadanos ANA TERESA BRICEÑO DE RODRÍGUEZ, ISRRAEL JESÚS RODRÍGUEZ BRICEÑO y YEISY TERESA RODRÍGUEZ BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.116.111, V-11.638.863 y V-13.373.874, respectivamente, dejando a salvo el derecho de terceros.