SE DECLARÓ ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos NIOZOTIS YRAIDA UGUETO DE MARTÍNEZ, ANA MARÍA UGUETO PÉREZ, CASTOR UGUETO PÉREZ, CARMEN JOSEFINA UGUETO PÉREZ, ERNESTO EZEQUIEL UGUETO PÉREZ, LUIS MIGUEL UGUETO PÉREZ, NELSON VICENTE UGUETO PÉREZ, RAÚL ENRIQUE UGUETO PÉREZ, GRISELDA COROMOTO UGUETO PEREZ y RICHARD JOSÉ UGUETO PÉREZ, titulares de las cédulas de Identidad números V-6.490.412, V-3.888.820, V-5.575.460, V-3.367.390, V-31.726.046, V-3.891.082, V-4.565.096, V-4.565.089, V-4.565.084, V-6.474.382 y V-6.496.121, en su orden con respecto a la de cujus INES MARGARITA PÉREZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros