Autoriza el Permiso de Supervisión Especial a la ciudadana SANTA VICTORIA MATEOS DE AMARES, para pernoctar en el sitio de su apoyo familiar es decir en el sector Mirabal, casa Nº 20, cerca de la Escuela Mirabal, parroquia Catia La Mar, estado Vargas. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 49 y 50 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitarios. Y ASI SE DECIDE.