CONDENA a los acusados MURAUSKA VIDMANTAS arriba identificado y cuya formulas decadactilares corresponde 5 18, 1 4, 2 3 5 3 y 5 4 en la mano derecha y 4 21, 2 3, 2 5 2, 2 2 y 3 2 2 mano izquierda, MEJERIS VAIDOTAS arriba identificado y cuya formulas decadactilares corresponde 5 20, 2 1, 5 16, 5 14, 5 9 mano derecha y 3 21, 3 13, 3 16, 3 17, y 3 6 mano izquierda y MALIVAIKA LEVALDAS, arriba identificado, y cuya formulas decadactilares corresponde 5 27, 8 B 2, 5 18, 7 M 13 6 5 17 mano derecha y 3 20, 8 7 F 6, 3 13, 3 15 y 3 16 mano izquierda, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos y, en virtud de la aplicación del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Se le condena igualmente a cumplir .....