PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de SIMULACIÓN intentada por JOSUÉ GAMALIEL ÁLVAREZ, venezolano, mayor de edad, casado, con cédula de identidad No. V-9.219.968, de éste domicilio y hábil; en contra de los ciudadanos KARLA ANDREÍNA CÁCERES REY; LUIS ALFONSO RICO CABEZA, venezolana y colombiano, mayores de edad, con cédulas de identidad Nos. V-13.587.236 y E-81.158.477, de éste domicilio; así como en contra de la ASOCIACIÓN CIVIL DE FAMILIAS SIN VIVIENDA DEL ESTADO TÁCHIRA, inscrita por ante la Oficina de Registro Público del Distrito San Cristóbal, bajo el No. 38, tomo 24, protocolo primero, de fecha 20 de mayo de 1993, representada por su presidente GLADYS COROMOTO GUTIÉRREZ LINDARTE, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-10.163.273, de éste domicilio.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida, conforme al supuesto genérico de vencimiento total establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
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