DECLARA las presentes diligencias bastantes y suficientes para: PRIMERO: asegurarle a RAFAEL EDUARDO GONZÁLEZ ROMERO, MIRIAM COROMOTO MALDONADO CHACÓN Y MARÍA CONSUELO MALDONADO CHACÓN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-2.997.674, V- 5.641.767 y V-3.791.585, respectivamente, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en lo que respecta a un lote de terreno propio con casa para Habitación ubicada en la ciudad de Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, según documento registrado por ante la Oficina Subalterna del Registro Público del Municipio Cárdenas, bajo el No. 9, folios 1-4, tomo 12 , protocolo I, de fecha 05/02/1.999, tal y como se indica en el numeral "TERCERO" del Testamento señalado en el ítems No. 5, de los documentos consignados ante este Despacho. SEGUNDO: Asegurarle a MIRIAM COROMOTO MALDONADO CHACÓN Y MARÍA CONSUELO MALDONADO CHACÓN, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 5.641.767 y V.....