ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la abogada LOURDES CORRO, en su carácter de Defensora Público Auxiliar Décima Séptima Penal Ordinario en Fase de Proceso de esta Circunscripción Judicial del estado Vargas, del ciudadano ALEJANDRO RAMON PEREZA PEÑA, titular de la cedula de identidad N° V- 26.478.380, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 01 de Octubre 2016, mediante la cual decretó la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al precitado ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULOS AUTOMOTORES, previsto y sancionado en el artículo 5, en concordancia con el 6, numerales 1,2,3,5,8 y 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, EXTORSION, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley contra el Secuestro y la Extorsi.....