éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos JINKLIS DE AGRELA PEREIRA, MARÍA DE CONCEICAO PEREIRA DE DE AGRELA, MARTHA ROSA DE AGRELA PEREIRA, JHONNY ENRIQUE DE AGRELA PEREIRA, STARSKY DE AGRELA PEREIRA y JEAN RENIER DE AGRELA PEREIRA , titulares de las cédulas de identidad números N° V-13.827.722, N°V-13.225.068, N° V-11.635.385, V-12.461.165, V-13.374.939 y V-14.567.358, en su orden, con respecto al de-cujus MANUEL DE AGRELA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los veintitrés (23) dí.....