En virtud de los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
Primero: Autoriza la Destrucción y/o Incineración de la cantidad de Veintidós (22) Gramos con Setecientos Cincuenta (750) Miligramos, incautados en el procedimiento efectuado el día 06 de Enero del 2.006, caso Nº 20-F19-0004/06, en la causa seguida a los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA), y (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA),, signada en este Juzgado bajo el Nº 1.555/2.006; según Experticias Botánicas Nos. 9700-134-LCT-0088 y 9700-134-LCT-0088, ambas de fecha 02 de Marzo del 2.006, la cual se encuentra en el Depósito de Drogas de la Sub Delegación Táchira del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, enviadas con Plan.....