Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA IMPUESTA, así como la RESPONSABILIDAD PENAL del condenado ciudadano RICHARD JOSE SARMIENTO, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, de 47 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Obrero, titular de la cédula de identidad N° V-10.113.679, domiciliado en Casalta III, bloque 7, piso 2, Apartamento 02-03, Parroquia Catia, Caracas, Estado Vargas. por la comisión del delito de ROBO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, por cumplimiento de la pena y se acuerda su LIBERTAD PLENA; de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en relación con lo dispuesto en el artí.....