DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LA GUAIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Se DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Profesional del derecho DANESIA DEYANIRA PEDRA VEGAS en su carácter Defensora Publica Decima 10 penal del estado la Guaira, del ciudadano VICTOR AGUACHE ANDUEZA, Titular de la cedula de identidad N V-27.441.034, en contra de la decisión dictada en fecha 13 de marzo de 2025, el Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia Municipal y Estadal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreto la MEDIDA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, conforme con lo establecido en el artículo 236, 237 y 238 todos del Código Orgánico Procesal penal, por la presunta comisión del delito de APROPIACION O DISTRACCIÓN DEL PATRIMONIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artícu.....