Se declara con lugar la solicitud propuesta por el Ministerio Público en cuanto a la privativa de libertad en contra de los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, ampliamente identificado en autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por cuanto los adolescentes fueron aprehendidos por funcionarios policiales en posesión de los objetos pertenecientes a las víctimas los cuales reconocieron como de su propiedad entre ellos: celulares, bolso, billeteras, cadenas, siete bolívares fuertes, dos pares de lentes visual, entre otros.