DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, la Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad de Adolescentes y Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, con sede en Macuto, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442, en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, los cuales se aplican supletoriamente conforme a lo previsto en el artículo 67 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado DENNY RICARDO MALDONADO, en su carácter de Defensor Público Primero de Violencia del Estado Vargas del ciudadano CARLOS ARMANDO FORNEREZ BETANCOURT, identificado con la cédula de identidad N° V-16.508.756, en contra de la decisión dictada en fecha 16 de Julio de 2015, por el Juzgado Segundo de Violencia.....