SE DICTA SENTENCIA Y SE considera PROCEDENTE la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos ISBELIA RAMONA ORTIZ DE CASTILLO Y PEDRO JOSE CASTILLO LEONES, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. 2.367.329 y 2.368.466, respectivamente y así se decide; en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo conyugal que los unía, contraído el día 28 de Septiembre de 1.965, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Departamento Libertador del Distrito Federal.