este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ordena abrir el juicio oral y público en la Causa seguida a los ciudadanos JULIO CESAR IZAGUIRRE SOJO, JULIO YUWALDO SOLIS SOJO y BARBARA CECILIA IZAGUIRRE MONTILLA, arriba identificados, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y ASOCIACION PARA DELINQUIR previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, y 6 en relación con el numeral 5 del artículo 16, ambos de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, respectivamente, norma sustantiva aplicable por ser mas favorable a los acusados, emplazando a las partes para que, en el plazo común de cinco (05) días, concurran ante el Tribunal de Juicio Mixto, Órgano Jurisdiccional competente para conocer la presente Causa, conforme lo prevé el artículo 65 del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose a la Secretaria del Tribunal, remitir anexas a.....