CON LUGAR la demanda de Revisión de Obligación Alimentaria intentada por la ciudadana: LIZET MARGARITA AVILA BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.166.181, contra el ciudadano FREDDY JOHAN MEZONES MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.065.419, a favor del adolescente y del niño KELVIN JOHAN y KELVIN ENRIQUE MEZONES AVILA, de trece (13) y once (11) años de edad respectivamente, en consecuencia se revisa en la cantidad de CIENTO SIETE MIL SETENTA Y OCHO BOLIVARES (Bs.107.078,oo) mensuales, la Obligación Alimentaria para el referido adolescente y niño. Asimismo, este Tribunal fija Dos (02) sumas adicionales, por la cantidad de CIENTO SIETE MIL SETENTA Y OCHO BOLIVARES (Bs.107.078,oo), cada una en los meses de Septiembre y Diciembre de cada año como Bonificación Escolar y Bonificación Especial de Fin de Año, respectivamente cantidades que deben ser descontadas del sueldo.....