En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REFORMA EL CÓMPUTO DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al Ciudadano EDWIN MANUEL VARGAS HERNANDEZ, de nacionalidad Venezolano, nacido en fecha 15 de Julio de 1982, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, titular de la cédula de identidad N° V-15.780.747, hijo de Ali Vargas (v) y de Elide Hernández, domiciliado en Bloque 11 de Pariata, Apartamento N° 1, Planta Baja estado Vargas, al comprobarse la existencia de un error material en el cómputo realizado en fecha 27 de noviembre de 2009, conforme a lo previsto en el artículo 482, último aparte, del Código Orgánico Procesal Penal.