DECRETA
LA NULIDAD ABSOLUTA de la aprehensión policial ejecutada en contra de los jóvenes IDENTIDADES OMITIDAS, por ilegal en el procedimiento de fecha 22/05/2006 al haberse violado el Debido Proceso artículo 44 ordinal 1ro. CRBV, esto conforme a los artículos 190, 191 y 195 del COPP. Y en consecuencia se ordena la inmediata Libertad Plena de los mismos, por no llenar ninguno de los extremos exigidos en el artículo 250 por remisión del 537 de la LOPNA del COPP.
Regístrese y déjese copia de esta Decisión y remítase estas actuaciones a la Fiscalía en su oportunidad legal para que presente el acto conclusivo respectivo.