ANULA, de conformidad con lo establecido en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal, la sentencia condenatoria publicada el 28 de junio de 2006 por el Tribunal Unipersonal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio Circunscripcional, mediante la cual le impuso al acusado TOMAS NUREK, de nacionalidad polaca, la pena de OCHO (8) AÑOS de PRISIÓN, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas; y ORDENA la celebración del juicio oral ante un juez de juicio del Circuito Judicial Penal distinto del que pronunció la sentencia que se anula.
Se declara con lugar la apelación interpuesta