Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: CESACION DE SANCIONES por total cumplimiento al joven IDENTIDAD OMITIDA, por haber cumplido Privativa de libertad luego sustituida con Libertad Asistida, Reglas de Conducta por Dos (2) Años además del Servicio Comunitario finalizando todo el 09/02/2014, en consecuencia se acuerda su LIBERTAD PLENA por esta causa, todo conforme a los artículos 645 y 647 literal h) de la LOPNNA.
Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a las Partes, al joven en referencia y al Centro de Formación Socio Educativo. Ofíciese al CICPC Sub Delegación Vargas para que lo excluyan de Pantalla Policial por este delito, de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA en resguardo a su Honor y Reputación Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE EJE.....