En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCIÓN DE LA PENA impuesta en sentencia firme al ciudadano penado JOSE ESTEBAN YZAGUIRRE LOPEZ, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de la guaira, Estado Vargas, nacido en fecha 09-08-1991, de 22 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, de estado civil soltero, hijo de Maryori López (v) y de Ramón Yzaguirre (v), residenciado en sector Tanaguarena, avenida Naiguatá antes del puente con sentido hacia Naiguatá, Estado Vargas y titular de la cédula de identidad Nro. V.-21.191.107, mediante la cual se le condeno a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, por la comisión de los delitos de COOPERADOR INMEDIATO EN LA COMISIÓN DEL DELITO DE ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 455 .....