Por las razones expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO TRES EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD:
DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscalía Segunda Comisionada para el Régimen Procesal Transitorio del Ministerio Público de la Circunscripción judicial del Estado Táchira y en consecuencia declara LA PRESCRIPCIÓN DE LA PENA DE DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, impuesta al ciudadano PEDRO ANTONIO GARCÍA ZAMBRANO, venezolano, natural de Palmarito, Municipio Pregonero, Distrito Uribante, Estado Táchira, de 41 años de edad, soltero, albañil, hijo de Floro Tulio García y de Ana Celis Zambrano, titular de la Cédula de Identidad No. V- 9.128.746, dictada por el Tribunal de Reenvío en fecha 12 de Noviembre de 1986.
Ofíciese a los Organismos Policiales a objeto de excluir del Sistema Integrado de Información Policial (S. I. I. P. O. L.) al ciudadano PEDRO ANTONIO GARCÍA ZAMBRANO, ya identificado.
Notifíquese a la Fiscalía Segunda Comisiona.....