Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos CARLOS OMAR FELICHE PLAZA y NUBIA MAGDALENA FELICHE DE ORTEGA, mayores de edad, venezolanos, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 3.889.886 y V-7.998.931, respectivamente, con respecto a sus causantes CARLOS ALBERTO FELIPE y GARCIELA ANTONIA PLAZA DE FELICHE, ello dejando a salvo el derecho de terceros.