En todo caso, en aras de salvaguardar el derecho a la Tutela Judicial Efectiva para la parte diligenciante, y por cuanto a todo evento el abogado de la parte demandada, ha planteado Regulación de Competencia por la cuantía u en cumplimiento a lo ordenado en el artículo 71 del Código de Procedimiento Civil; este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, se DECLARA COMPETENTE por la Cuantía para seguir conociendo de la presente causa.
En consecuencia, remítase copia certificada del escrito de interposición de cuestiones previas, de la decisión de las cuestiones previas, del escrito de regulación de competencia y de la presente decisión al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, del Niño y del Adolescente y Bancario del Estado Táchira, a fin de que decida sobre el presente conflicto.
La presente decisión no suspende el curso del proceso, pero este Tribunal se abstendrá de decidir el fondo de la causa, m.....