acordó revisar la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Juicio Circunscripcional de fecha 16/12/2008, mediante la cual condenó al ciudadano PETER TOTH, titular del pasaporte de la Unión Europea N° BA4241316 a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS y, en su lugar se rebaja la misma a SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, el cual se encontraba previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, todo ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6to del artículo 470 en relación con la parte infine del artículo 475, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. De la misma manera deberá cumplir con las accesorias de Ley, que se encontraban establecidas en el artículo 61 numerales 1 y 4 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, que implica la expulsión del .....