ADMITE recurso de apelación interpuesto por la Abogada MARIA MUDARRA, en su carácter de Defensora Pública Primera Penal en Fase de Proceso del Estado Vargas, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 25 de octubre de 2013, mediante la cual decreto MEDIDA PREVENTIVA PRIVATIVA DE LIBERTAD, a los imputados JORVIS JOSE MATA TORREALBA, titular de la cédula de identidad Nº V.-20.290.788 y ANTONY BOKER CASTILLO IRIARTE, titular de la cédula de identidad N° V.- 19.769.941, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de JUAN CARLOS HERNANDEZ HERNANDEZ y HOMICIDIOS INTENCIONALES EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previstos y sancionados el articulo 405, en concordancia con el articulo 80 en su segundo aparte del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos.....