Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en función Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario contemplado en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO. DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, del ciudadano ALBERT RAFAEL MARTINEZ BLANCO, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 Y 251 en relación con los ordinales 2° y 3° y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO Y ROBO GENERICO, previstos y sancionados en los artículos 406 ordinal 1° y 455 del Código Penal vigente.