Este CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL ESTADAL Y MUNICIPAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de MEDIDA DE PROTECCION realizada por la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado Vargas, para la víctima ciudadana YUSMAIRY DEL VALLE RODRIGUEZ SALAZAR, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.990.478, y de su grupo familiar, en su lugar de residencia ubicada en EL BRILLANTE, PARTE ALTA, CERRO GUIRI-GUIRI, MAIQUETIA, ESTADO VARGAS, TELEFONO 0212-3324228, comisionándose a tal efecto a Funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía y Circulación del Estado Vargas, de conformidad con los Artículos 21, numeral 1, y 24, ambos de la Ley de Protección de Victimas, Testigos y demás Sujetos Procesales.