PRIMERO: SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado MARCOS BARRIOS, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano EDGAR JOSE MARCANO PEÑA, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.473.314, en contra la sentencia dictada en fecha 18/03/2013 y publicado su texto íntegro en fecha 30 de Octubre de 2013, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal Funciones de Juicio de este Circuito Judicial, mediante la cual CONDENO a su patrocinado a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de INVASION, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal.
SEGUNDO: SE FIJA el ACTO DE LA AUDIENCIA ORAL, que tendrá lugar el día 11 DE FEBRERO DE 2014, A LAS DIEZ Y TREINTA (10: 30 Am) HORAS DE LA MAÑANA, a que se refiere el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de que las partes expongan sus argumentos en torno al recurso ejercido.