DECLARA redimida la pena a la ciudadana GLADYS OMAIRA RAMIREZ RAMIREZ, plenamente identificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo OCHO MESES Y DIECISEIS DIAS, cumpliendo en definitiva la pena impuesta el 19-01-2005.-