DECLARA CON LUGAR la solicitud y en consecuencia ordena que el funcionario respectivo del Registro Civil del Municipio Pedro Maria Ureña del Estado Táchira, en el Acta de Nacimiento número cuatro (04) de fecha seis (06) de febrero de dos mil uno (2001), estampe la nota marginal correspondiente de Reconocimiento Voluntario que de la niña: DANIELA ISABEL HAMON BETANCOURT hacen sus abuelos paternos, ciudadanos: MARIA HERLINDA TORRES DE HAMON y HECTOR HAMON SAENZ, colombiana y venezolano en su orden, mayores de edades, titulares de las cédulas de identidad Nros. E-82.249.386 y V-6.301.670 respectivamente, en virtud del fallecimiento de su hijo y padre de la niña, ciudadano: HECTOR DANIEL HAMON TORRES, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.291.579, fallecido ab intestato el día 02 de Junio de 2000, según acta de defunción inserta bajo el Nro. 217, folio 217 correspondiente al año 2000, expedida por la Prefectura del Municipio Autónomo Zamor.....