Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución De Penas Y Medidas De Seguridad Nº 2 del Circuito Judicial Penal Del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autori-dad de la ley, DECIDE: DECLARA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA AC-CESORIA de sujeción a la autoridad, impuesta al ciudadano RAFAEL JO-SE HENRIQUES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 15.268.160, de CUATRO MESES Y TRECE DIAS, y en con-secuencia se decreta SU LIBERTAD PLENA y la EXTINCIÓN DE LA RESPONSA-BILIDAD PENAL, derivada de la comisión del tal hecho punible, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.
Líbrense las respectivas notificaciones.