En méritos a las anteriores consideraciones, este JUEZ UNIPERSONAL N° 01 DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL VARGAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la demanda de Revisión de Obligación Alimentaria intentada por el ciudadano: JHONATAN EMILIO MOTA ALGARIN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-12.865.707, contra la ciudadana CARROL CELESTE GIL HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-14.314.263, en consecuencia se ratifica lo acordado por esta Sala de Juicio N° 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha 12 de febrero de 2.003 en el expediente signado bajo el N°. A-1703.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA. Cúmplase.-
DADA, FIRM.....