DISPOSITIVA
En atención a las consideraciones anteriores, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, con la potestad ciudadana otorgada en el artículo 253 de la Constitución de la República, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: DECRETA MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGROPECUARIA, que es desarrollada en la Finca Buenos Aires.
SEGUNDO: Se IMPONE a los ciudadanos Aleixer Mariño Márquez, Marleny Mariño de Aparicio y Alcira Mariño Márquez y/o a aquellas personas que actúen por estos o a nombre de éstos directa o indirectamente, UNA ORDEN DE NO HACER.
En consecuencia se ordena a los ciudadanos Aleixer Mariño Márquez, Marleni Mariño de Aparicio y Alcira Mariño Márquez, a no obstaculizar en modo alguno, la actividad agropecuaria en el Fundo "Buenos Aires".
TERCERO: Vencidas las veinticuatro (24) horas, sin que los co-demandantes ciudadanos Aleixer Mariño Már.....