DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano VITO FRANCHINI CERRUDO, titular de la 6.024.396, de nacionalidad venezolano, nacido en Caracas, de 38 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Carpintero, nacido en fecha 16-11-1964, residenciado en la Avenida Casanova, Edificio Oramas, Piso 2, Apartamento 6, El Recreo, Sabana Grande, detenido en fecha 02-05-2003, de conformidad con el articulo 373 concatenado con los artículos 250 y 251 todos del Código Orgánico Procesal Penal por cuanto el Presunto hecho punible merece pena privativa de libertad y la acción no se encuentra evidentemente prescrita existen así mismo elementos de convicción para presumir que el imputado ha sido el autor o participe del hecho, ya que consta en acta policial suscrita por funcionarios de la Unidad Especial Antidrogas, del Comando Antidrogas, y firmada por testigos, la presunción razonable de peligro de fuga, la pena que podría llegar a imponerse, y por cuanto la precal.....