ABSUELVE a los ciudadanos PEDRO ROBERTO RODRIGUEZ BORGES, de nacionalidad Venezolana, natural e Naiquatá, Estado Vargas, nacido en fecha 04.09.51, 54 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de Andrés Miguel Rodríguez (F) y de saturnina Rivas Borges (F), residenciado en Pueblo Arriba, Naiquatá, parte alta del Vigía, Casa s/n, Estado Vargas y Titular de la Cédula de Identidad No. 4.558.568 y ISABEL TRIAS PEREZ, de nacionalidad Venezolana, natural e Naiquatá, Estado Vargas, nacido en fecha 08.0745, 51 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio del hogar, hija de Eulalio Trias González (F) y Luisa Pérez de Trias (F), residenciado en Pueblo Arriba, Naiquatá, parte alta del Vigía, Casa s/n, Estado Vargas y Titular de la Cédula de Identidad No. 2.899.837, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra El Trafico Ilícito y El Con.....