D I S P O S I T I V A ¿
Por las razones antes expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JAIRO JOSE TADINO RODRIGUEZ y ELIANETH DIANORA OVIEDO MORALES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Números V-16.309.167 y V-14.862.302, respectivamente, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, declara DISUELTO el vínculo conyugal, contraído en fecha 12/03/2002, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Catia la Mar, Municipio Vargas del estado Vargas.