Tercero: De la misma forma y de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico procesal Penal, se especifican las fechas a partir de cuando CINDY GENARA GALVIS MENDOZA, podrá solicitar las diferentes fórmulas alternativas de cumplimiento de pena que establece la Ley y de conformidad con lo pautado en el artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal a los fines de la redención, el tiempo redimido se computará a partir del momento en que el penado hubiere cumplido, efectivamente, la mitad de la pena impuesta privada de su libertad que será a partir del 05-03-2005.
a.- Destacamento de Trabajo: Al cumplir ¼ parte de la pena, que es igual UN (01) AÑO, la cual se cumplió el 05-03-2004.
b.- Régimen Abierto: Al cumplir 1/3 parte de la pena, que es igual a UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES que se cumplió el 05-07-2004.
c.- Libertad Condicional: Al cumplir las 2/3 parte de la pena, que es igual a DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES que se cumplió el 05-11-2005.
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